que pagan una tarifa del 25% sobre su base imponible. El Impuestos a la renta sobre las
remuneraciones en relación de dependencia que se gravan en el país, se realizan de
acuerdo con lo establecido en el Art 37 del Reglamento de la Ley de Régimen Tributario
Interno.
Las remuneraciones en el Ecuador se reconocen a través del Código de Trabajo que
en su Art. 80 indica, que en el sector privado es el salario o el sueldo que se paga por un
trabajo que realiza un obrero o empleado por un jornal, por una obra, por una tarea o por
meses completos de trabajo. Los montos de los sueldos los fija periódicamente el Consejo
Nacional de Salarios o el Ministerio de Trabajo, en caso de no existir acuerdo entre obreros
y patronos; y, la Ley Orgánica de Servicio Público que en su Art. 96 señala, que la
remuneración en el sector público ecuatoriano es la remuneración mensual unificada que
recibe un empleado o trabajador mensualmente por su labor.
Las clases de remuneraciones que se reconocen legalmente en el país son las
siguientes: para el sector privado según el Art. 13 del Código de trabajo son: Contrato a
sueldo y a jornal, remuneración que se pacta en unidad de tiempo; Contrato en
participación, donde el trabajador tiene parte de las utilidades de un negocio como
remuneración, y; Remuneración mixta, es la que además de un sueldo o salario, el
trabajador recibe una parte del producto del negocio; y, para el sector público según la
LOSEP son: Remuneraciones unificadas para quienes conforman el nivel jerárquico
superior, que conste en la escala que expide el Ministerio de Relaciones Laborales; y,
Remuneraciones unificadas para quienes no son del nivel jerárquico superior, con grados
de las escalas y los niveles de puestos para las servidoras y servidores públicos.
Como consecuencia de lo antes indicado, para el 2022 se emitió el Reglamento de
Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, con Registro Oficial No
587 de noviembre de 2021, que señalaba que estas retenciones de impuesto a la renta de
las remuneraciones en relación de dependencia, las seguirán realizando las empresas
mensualmente, por lo que, los empleados y trabajadores deben presentar una proyección
de gastos personales en enero con el anexo que los sustente, pese a que ya no existe la
deducción de estos gastos para calcular el impuesto, porque el computo se hace sobre el
total de todos los ingresos que se reciben, pero se lo requiere para determinar cómo rebaja
o descuento un crédito tributario, solo para los contribuyentes que acrediten al menos $
5.000,70 en gastos de vivienda, salud, alimentación, vestimenta, turismo y educación.
Mientras que la disposición legal del impuesto a la renta de 2021 sobre las
remuneraciones en relación de dependencia, se emitió con el Reglamento para la
Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno con el Registro Oficial No 209
de junio de 2010, reformado en agosto de 2020, disponiendo en su artículo 34 literal e) el
procedimiento para la liquidación, retención y pago de este impuesto, en concordancia con
la Resolución NAC-DGERCG20-00000077 publicada en el Registro Oficial No 359 de
diciembre de 2020.
A simple vista, se puedo observar el impacto económico más importante que sobre las
remuneraciones en relación de dependencia provoca el impuesto a la renta del 2022 en
relación con el del 2021, porque aumenta significativamente el mismo y por lo tanto,
disminuye la remuneración disponible que recibe el empleado o trabajador mensualmente,
porque en el 2022 el impuesto se calcula sobre el Total de las remuneraciones que se
reciben en el año y en el 2021 se calculó sobre la Base imponible gravable, que se obtenía
luego de que al Total de todas las remuneraciones, se le restaba las deducciones y las
rebajas legales a las que tenían derecho el empleado o trabajador.
En este contexto, nace esta investigación, como consecuencia del problema que
provocó este Incremento, que impacta negativamente a las remuneraciones de los
asalariados ecuatorianos, deteriorando sus sueldos, así como el bienestar de la economía
familiar; para lo cual, se planteó el siguiente objetivo: Determinar el incremento del impuesto
a la renta a pagar en el 2022 por las remuneraciones en relación de dependencia de los
servidores y obreros del país.