enero julio 2023
Vol. 7, No. 14, 1-18
https://doi.org/10.53877/rc.7.14.2023010101
Revista multidisciplinaria
e-ISSN: 2602-8247
www.retosdelacienciaec.com
IMPACTO ECONÓMICO DEL IMPUESTO A LA RENTA DE
2022 EN LAS REMUNERACIONES DE LOS EMPLEADOS Y
TRABAJADORES ECUATORIANOS EN RELACIÓN DE
DEPENDENCIA
ECONOMIC IMPACT OF THE 2022 INCOME TAX IN THE
EMPLOYEES’ SALARIES WORKING IN JOB DEPENDENCY,
A CASE STUDY OF ECUADOR
Pablo Domingo Vilela Mera
1
Elizabeth Jacqueline Govea Robinzón
2
Gabriela Elizabeth Vilela Govea
3
Paulina Vilela
4
Recibido: 2022-07-15 / Revisado: 2022-08-15 / Aceptado: 2022-11-05 / Publicado: 2023-01-01
RESUMEN
El impuesto a la renta es una de las fuentes de financiamiento del presupuesto del estado
en los diferentes países, que grava las ganancias de las actividades de explotación,
producción o servicios que realizan las personas naturales o jurídicas. En Ecuador esto es
potestad del Presidente de la República según el Código tributario, proponiendo leyes a la
Asamblea Nacional para optimizar su recaudación, que la administra a través del Servicio
de Rentas Internas; así en diciembre de 2021 aprobó una nueva normativa para el 2022,
que amplió la base imponible y aumentó este impuesto a las remuneraciones en relación de
dependencia de los empleados y trabajadores, que fue el problema de esta investigación y
su objetivo determinar el incremento a pagar. La metodología consistió en organizar los
materiales según el objetivo y clasificarlos por las fuentes requeridas, considerando su
pertinencia, exhaustividad y actualidad; los métodos usados fueron: analítico y sintético,
inductivo y deductivo, histórico o comparativo, para entender sus causas y determinar sus
impactos. Los cálculos del incremento de este impuesto en este año es el resultado del
trabajo, que demuestran sus impactos, disminuyendo significativamente el poder adquisitivo
de las remuneraciones comparadas con el año anterior.
Palabras clave: impacto económico, impuesto a la renta, remuneraciones en relación
de dependencia, empleados y trabajadores.
1
Doctor en Ciencias Contables y Financieras (Ph.D). Universidad Técnica “Luis Vargas Torres”. Ecuador.
pd_vilela@hotmail.com / https://orcid.org/0000-0002-4179-8181
2
Doctora en Ciencias Contables y Financieras (Ph.D). Universidad Técnica “Luis Vargas Torres”. Ecuador.
yaqui63@hotmail.com / https://orcid.org/0000-0002-4502-8264
3
Magíster en Economía con énfasis en Administración de Empresa. Escuela Superior Politécnica del Litoral.
Ecuador. gababu-85@hotmail.com / https://orcid.org/0000-0002-1480-1680
4
Doctora en Filosofía en Ingeniería Ambiental (Ph.D). Escuela Superior Politécnica del Litoral. Ecuador.
paelivigo@gmail.com / https://orcid.org/0000-0001-7631-9470
Forma sugerida de citar: Vilela-Mera, P., Govea-Robinzón, E., Vilela-Govea, G. y Vilela, P. (2023). Impacto
económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y trabajadores ecuatorianos
en relación de dependencia. Revista Científica Retos de la Ciencia. 7(14). 1-18.
https://doi.org/10.53877/rc.7.14.2023010101
Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y
trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
Revista Científica Retos de la Ciencia. 7(14), pp. 1-18.
2
ABSTRACT
The income tax is one of the several sources of funding of all the countries, which includes
the income of resources exploitation activities, production and/or services that people carry
out. In Ecuador, the income tax collection is a choice made by the President by the Tributary
Code, who proposes laws to the National Assembly to optimize its collection, being
administered by the National Internal Income Services Office. In 2021, the President
approved a new normative for the 2022 where the base for income tax was incremented.
Hence, the income tax increased to the salary related to the employees’ job dependency. In
this study, the authors seek to determine the increment needed to be paid as an income tax.
The methodology followed in this study consisted of first organizing the data by objective to
classify them by the required income sources considering relevance, completeness and
timeliness. The metrics calculated for the increment in the income tax are a fundamental and
innovative methodology that outlines the impact of the increment, significantly reducing the
acquisitive power of the income compared to the previous year.
Keywords: economic effects, income tax, employees, employee-employer data.
INTRODUCCIÓN
Los impuestos existen en la sociedad desde sus orígenes más remotos, ya que la mayoría
de las culturas de la antigüedad como China, Grecia, Egipto, Roma, Mesopotamia, entre
otras, los exigían como tributos para financiar los gastos ceremoniales de sus gobernantes y
los servicios de las clases dominantes. En este contexto, se reconocen dos clases de
impuestos que son: Impuestos directos, llamado impuesto a la renta; e Impuestos indirectos.
El impuesto a la renta es el tributo que los gobernantes de un país imponen a los
rendimientos de las diferentes actividades económicas, consideradas como la renta del
trabajo o del capital como expresión de riqueza, que grava el acto de percibir o generar una
renta o un rendimiento.
En el caso del impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de dependencia
de los empleados y trabajadores de una sociedad, se reconocen los siguientes
rendimientos: Del trabajo personal prestado en relación de dependencia, De las rentas
vitalicias y pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, De las participaciones de
los trabajadores y De los ingresos provenientes del trabajo cooperativo, entre los más
importantes.
Los impuestos en el Ecuador son los tributos obligatorios que cobra el Estado a las
actividades económicas que realiza toda persona natural o jurídica que reciben ingresos por
ganancias o transferencias de bienes. Estos tributos están controlados y regulados por el
Servicio de Rentas Internas como sujeto activo del impuesto, representado por el presidente
de la República y la Administración Tributaria Seccional Autónoma Provincial y Municipal,
representado por el prefecto y el alcalde.
En el país según la ley se reconocen las siguientes clases de impuestos: A la Renta,
Al valor agregado, A la salida de divisas, A los consumos especiales, A los vehículos
motorizados, Ambiental a la contaminación vehicular, A las botellas plásticas, A las tierras
rurales, A los activos en el exterior, A herencias, Patentes de conservación minera, Regalías
a la actividad minera, Contribución para la atención integral del cáncer.
El impuesto a la renta en el Ecuador, se grava a las ganancias que obtienen las
personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades sean éstas nacionales o
extranjeras domiciliadas o no en el país; el ejercicio impositivo es del 1 de enero al 31 de
diciembre de cada año, según lo determina la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno,
en concordancia con su Reglamento. Para calcular y pagar este impuesto, los
contribuyentes deben considerar la totalidad de sus ingresos, a los que deben restar las
devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones.
Las clases de impuestos a la renta que se cobran en el Ecuador según la Ley son:
Impuesto a la Renta para Sociedades que se aplica sobre los ingresos gravados obtenidos,
Pablo Vilela / Elizabeth Govea / Gabriela Vilela / Paulina Vilela
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que pagan una tarifa del 25% sobre su base imponible. El Impuestos a la renta sobre las
remuneraciones en relación de dependencia que se gravan en el país, se realizan de
acuerdo con lo establecido en el Art 37 del Reglamento de la Ley de Régimen Tributario
Interno.
Las remuneraciones en el Ecuador se reconocen a través del Código de Trabajo que
en su Art. 80 indica, que en el sector privado es el salario o el sueldo que se paga por un
trabajo que realiza un obrero o empleado por un jornal, por una obra, por una tarea o por
meses completos de trabajo. Los montos de los sueldos los fija periódicamente el Consejo
Nacional de Salarios o el Ministerio de Trabajo, en caso de no existir acuerdo entre obreros
y patronos; y, la Ley Orgánica de Servicio Público que en su Art. 96 señala, que la
remuneración en el sector público ecuatoriano es la remuneración mensual unificada que
recibe un empleado o trabajador mensualmente por su labor.
Las clases de remuneraciones que se reconocen legalmente en el país son las
siguientes: para el sector privado según el Art. 13 del Código de trabajo son: Contrato a
sueldo y a jornal, remuneración que se pacta en unidad de tiempo; Contrato en
participación, donde el trabajador tiene parte de las utilidades de un negocio como
remuneración, y; Remuneración mixta, es la que además de un sueldo o salario, el
trabajador recibe una parte del producto del negocio; y, para el sector público según la
LOSEP son: Remuneraciones unificadas para quienes conforman el nivel jerárquico
superior, que conste en la escala que expide el Ministerio de Relaciones Laborales; y,
Remuneraciones unificadas para quienes no son del nivel jerárquico superior, con grados
de las escalas y los niveles de puestos para las servidoras y servidores públicos.
Como consecuencia de lo antes indicado, para el 2022 se emitió el Reglamento de
Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, con Registro Oficial No
587 de noviembre de 2021, que señalaba que estas retenciones de impuesto a la renta de
las remuneraciones en relación de dependencia, las seguirán realizando las empresas
mensualmente, por lo que, los empleados y trabajadores deben presentar una proyección
de gastos personales en enero con el anexo que los sustente, pese a que ya no existe la
deducción de estos gastos para calcular el impuesto, porque el computo se hace sobre el
total de todos los ingresos que se reciben, pero se lo requiere para determinar cómo rebaja
o descuento un crédito tributario, solo para los contribuyentes que acrediten al menos $
5.000,70 en gastos de vivienda, salud, alimentación, vestimenta, turismo y educación.
Mientras que la disposición legal del impuesto a la renta de 2021 sobre las
remuneraciones en relación de dependencia, se emitió con el Reglamento para la
Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno con el Registro Oficial No 209
de junio de 2010, reformado en agosto de 2020, disponiendo en su artículo 34 literal e) el
procedimiento para la liquidación, retención y pago de este impuesto, en concordancia con
la Resolución NAC-DGERCG20-00000077 publicada en el Registro Oficial No 359 de
diciembre de 2020.
A simple vista, se puedo observar el impacto económico más importante que sobre las
remuneraciones en relación de dependencia provoca el impuesto a la renta del 2022 en
relación con el del 2021, porque aumenta significativamente el mismo y por lo tanto,
disminuye la remuneración disponible que recibe el empleado o trabajador mensualmente,
porque en el 2022 el impuesto se calcula sobre el Total de las remuneraciones que se
reciben en el año y en el 2021 se calculó sobre la Base imponible gravable, que se obtenía
luego de que al Total de todas las remuneraciones, se le restaba las deducciones y las
rebajas legales a las que tenían derecho el empleado o trabajador.
En este contexto, nace esta investigación, como consecuencia del problema que
provocó este Incremento, que impacta negativamente a las remuneraciones de los
asalariados ecuatorianos, deteriorando sus sueldos, así como el bienestar de la economía
familiar; para lo cual, se planteó el siguiente objetivo: Determinar el incremento del impuesto
a la renta a pagar en el 2022 por las remuneraciones en relación de dependencia de los
servidores y obreros del país.
Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y
trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
Revista Científica Retos de la Ciencia. 7(14), pp. 1-18.
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Luego de la investigación realizada se pudo puntualizar los siguientes resultados más
importantes: Los procedimientos del cálculo de este impuesto para el 2022, cambio
sustancialmente en comparación con el 2021, porque ahora se consideran todas las
remuneraciones incluyendo los décimos tercero y cuarto, mientras que en el año anterior
no, solo para recaudar más impuestos; Las deducciones y las rebajas de este impuesto, a
las que tienen derecho los empleados y trabajadores, en el 2022 se restan del impuesto a
pagar al momento de la declaración, si éstas son mayores, la diferencia generará un crédito
tributario para futuras declaraciones, mientras que en el 2021 las deducciones y rebajas
restaban la base imponible para calcular el impuesto, confirmando así, el criterio fiscalista
recaudador para el 2022 que logra recaudar por anticipado más impuestos por este
concepto; La variación comparativa de las tablas de cálculo del impuesto a la renta de 2022
y de 2021, confirmaron la ampliación de la base tributaria para este año, logrando que una
mayor cantidad de personas paguen impuestos y así tener una mayor recaudación; El
impacto económico mensual del impuesto a la renta de 2022 de las remuneraciones en
relación de dependencia, se observa en los montos mensuales de la Fracción Básica y
Excedentes gravados con la tabla emitida, que impacta negativamente con más impuesto a
las remuneraciones de las clases media baja y media que ganan entre $ 1.200,00 y $
5.000,00, porque los sueldos de la clase media alta y alta, se consideran a partir de $
5,000,00 en adelante, confirmado y comparado con los ejemplos de cálculos para
remuneraciones entre $ 1.000,00 y $ 5.000, 00 que arrojan pagos de impuesto altos en este
año en comparación con en el inmediatamente anterior, reduciendo significativamente los
sueldos y salarios mensuales en este año.
Ante el impacto negativo que eleva significativamente el impuesto a la renta de las
remuneraciones en relación de dependencia del 2022, que disminuye sustancialmente los
sueldos y salarios de los asalariados del país, se propone su revisión, enmendando
legalmente esta ley con una reforma planteada por el Ejecutivo a la Asamblea, que
disminuya el incremento indicado, en beneficio de esta Población Económicamente Activa
que siempre ha pagado impuesto a la renta en el país.
Fundamentación teórica
En esta investigación se analizaron los conceptos más importantes del problema planteado,
que permitieron comprender su realidad y determinar el impacto que generan en la
economía de los asalariados ecuatorianos en relación de dependencia, tales como:
1. Teoría del Impuesto a la renta y de las Remuneraciones
1.1 Impuestos
Según El-Aref (2013), los impuestos son tan antiguos como la sociedad, porque desde las
primeras comunidades humanas los impuestos eran exigidos por los soberanos como
tributos, los que se utilizaban para financiar gastos ceremoniales y servicios de las clases
dominantes, las primeras normas tributarias aparecieron en Egipto, China Mesopotamia,
entre otras. Según Risco (2012), la teoría del impuesto fue desarrollada por la doctrina
francesa, en donde Gastón Jese definió en 1930 al impuesto, como una prestación
pecuniaria exigida por vía de la autoridad, a título definitivo y sin contrapartida, con el objeto
de financiar el gasto público.
Criterio que asentimos porque los impuestos que actualmente se pagan en todos los
países del mundo tienen esas características, caso contrario los estados no podrían
financiar los gastos básicos de servicio a la comunidad como son la Educación, Salud y
Seguridad.
1.2 Clases de impuestos
Según Sanz (2020), las clases de impuestos son:
Pablo Vilela / Elizabeth Govea / Gabriela Vilela / Paulina Vilela
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- Impuestos directos, que recaen directamente sobre la persona, empresa o sociedad;
generalmente estos son a la renta, porque grava los rendimientos que provengan del
trabajo y de la explotación de un capital, es decir, recaen sobre la persona sea natural o
jurídica gravando el hecho de tener un patrimonio o un ingreso.
- Impuestos indirectos, recaen sobre los bienes y servicios de las transacciones que se
realizan; es decir, que las personas naturales o jurídicas por medio de la compra o venta
de bienes y servicios pagan o cobran impuestos.
Clasificación de impuestos que compartimos, porque orientan el concepto de su origen sin
indicar su aplicación, considerando el buen uso que les debe dar Estado para el
cumplimiento de su rol en beneficio de la sociedad a la que sirve.
1.3 Impuesto a la Renta
Según Bravo (2002), el impuesto a la renta es un tributo que se aplica directamente sobre la
renta del trabajo o del capital como manifestación de riqueza, gravando el hecho de percibir
o generar renta, que puede ser de fuentes pasivas como el capital y activas como el trabajo
dependiente e independiente o de fuentes mixtas como actividades de capital más trabajo.
Juicio que aceptamos, porque los impuestos a la renta en todo el orbe, no gravan
contratos sino la renta que se genera por la implementación y ejecución de un compromiso.
1.3 Clases de impuesto a la renta
Según González (1997), las clases de impuestos a la renta son:
- Impuesto global o sintético, que involucra la totalidad de las rentas a nivel del sujeto
pasivo, sin importar el origen de la renta.
- Impuesto cedular o analítico, detalla tantos gravámenes como las fuentes que resultan
abarcadas por las cédulas, existiendo una íntima relación entre cada impuesto cedular
con su fuente de renta sea del trabajo, capital, combinación de ambos. Las
características de este tipo de gravamen son: a) se estructuran con alícuotas
proporcionales, b) las tasas proporcionales son distintas entre sí, y c) los resultados de
cada cédula son independientes entre sí.
2 Sistemas mixtos, tienen los gravámenes que tienen las características del impuesto
global y del cedular, sin que se los pueda categorizar plenamente en uno u otro tipo de
gravamen.
Clasificación de impuesto a la renta que aceptamos, porque engloba todos los tipos de
tributos de rentas que se pueden generar en las actividades económicas al interior del
Estado.
1.5 Categorías del impuesto a la renta
Según Castillo (2016), las categorías del impuesto a la renta son:
Rentas del capital:
- De 1ra categoría, producidas por el arrendamiento, subarrendamiento y cesión de
bienes.
- De 2da categoría, producidas por los capitales no comprendidos en la 1ra categoría,
como: intereses, regalías, pensiones vitalicias y ganancias de capital, entre otras.
Rentas empresariales:
- De 3ra categoría, producidas por el comercio y la industria entre otras.
Rentas del trabajo:
- De 4ta categoría, producidas por el trabajo independiente.
- De 5ta categoría, producidas por el trabajo en relación de dependencia, y otras rentas
del trabajo independiente especificadas.
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trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
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Categorías del impuesto a la renta que compartimos, porque permiten sistematizar los
diferentes tipos de impuestos a la renta que se pagan obligatoriamente al Estado, así como
diferenciarlos para aplicarlos a quienes tienen que sufragarlos sin equivocaciones.
1.6 Impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de dependencia
Según Castillo (2016), el impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de
dependencia, corresponden a las rentas de la 5ta categoría, las mismas que son:
- Del trabajo personal prestado en relación de dependencia, como sueldos, salarios,
asignaciones, emolumentos, primas, dietas, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos,
comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en
general, toda retribución por servicios personales.
- De rentas vitalicias y pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, como
jubilación, montepío e invalidez, y cualquier otro ingreso que tenga su origen en el
trabajo personal.
- De las participaciones de los trabajadores, como asignaciones anuales o de cualquier
otro beneficio otorgado en sustitución de las mismas.
- De los ingresos provenientes de cooperativas, como el trabajo que realizan los socios.
- De ingresos de cuarta y quinta categoría sin relación de dependencia, como el trabajo
prestado en forma independiente con contratos de prestación de servicios,
- De ingresos de cuarta categoría que son considerados de quinta categoría, como la
prestación de servicios efectuados para un contratante con el cual se mantenga
simultáneamente una relación laboral de dependencia.
Clasificación de remuneraciones de las rentas de la 5ta categoría que concordamos, porque
son las que se producen en el trabajo en relación de dependencia en cualquier lugar y
sector sea este público o privado, porque son producto del pago de un estipendio que
realiza un patrono por un trabajo realizado.
1.7 Remuneraciones
Para Gómez (1967), las remuneraciones o los salarios han existido siempre desde el inicio
de la humanidad, con diferentes características ajustadas al momento histórico vivido,
reconociendo que ha sido un tema muy complicado de tratar, porque se origina en las
relaciones humanas y sociales, por lo que, nunca ha existido para los empleados y
trabajadores de una sociedad una remuneración justa.
Según la Real Academia Española (2021), el salario viene del latín salarium, de sal
'sal', que tiene dos acepciones que son: Paga o remuneración regular y Cantidad de dinero
con que se retribuye a los trabajadores por cuenta ajena. Según Chiavenato (2011), la
remuneración se refiere a la recompensa que recibe el individuo a cambio de realizar las
tareas organizacionales, lo que se trata básicamente, de una relación de intercambio entre
las personas y la organización.
Definiciones que compartimos, porque actualmente el concepto de remuneración está
ligado al estipendio diario que recibe como pago un empleado u obrero por el trabajo que
realiza en una organización sea esta pública o privada.
1.8 Clases de remuneraciones
Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de Perú (2002), las clases de
remuneraciones son:
- Por tiempo, que es el pago por la duración del servicio.
- Por obra o destajo, que es el pago en función de la cantidad de obras o trabajos
realizados.
- Por tarea, que es el pago por realizar una determinada cantidad de obras o trabajos en
la jornada u otros periodos de tiempo establecidos.
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- Por comisión, que es un pago en función a una cantidad de negocios mediados por el
trabajador.
Clases de remuneraciones que afirmamos, porque su existencia es real, a excepción de que
algún país tenga otras remuneraciones normadas.
1.9 Remuneraciones en relación de dependencia
Según Canales 2012, las remuneraciones en relación de dependencia son:
- Trabajo personal, cumplido por el propio interesado, sin que pueda haber sustitución de
otra persona.
- Trabajo voluntario, aceptación de quien presta la tarea de realizarla en un acto de
voluntad a excepción del trabajo realizado en privación de libertad.
- Trabajo por cuenta ajena, atribuir a un tercero los beneficios del trabajo.
- Trabajo dependiente, subordinaciones ligadas a la facultad de dirección y poder
disciplinario del empresario respecto del trabajador.
Remuneraciones en relación de dependencia que asentimos, porque existen diferentes
tipos de trabajo, a excepción de que algunos países tengas otra clasificación en sus marcos
normativos. Para efecto de esta investigación el trabajo dependiente es el que se ajusta al
problema tratado.
2. Impuesto a la renta y las Remuneraciones en el Ecuador
2.1 Impuestos
Según Pérez, Villegas e Icaza (2014), los impuestos en el Ecuador son tributos, que cobra
el estado en forma obligatoria, a las actividades económicas que realizan los
contribuyentes, que son todas las personas naturales o jurídicas que reciben ingresos,
obtienen ganancias o realizan transferencias de bienes. Los impuestos están controlados y
regulados por la Administración Tributaria del Estado, como sujeto activo del impuesto,
representado por el presidente de la República, quien la ejerce a través del Servicio de
Rentas Internas - SRI a nivel nacional y la Administración Tributaria Seccional, en el ámbito
provincial y municipal, representado por el Prefecto Provincial y el alcalde Municipal, a
través de la sección Servicio de Rentas Municipales.
Argumentos con los que estamos de acuerdo, porque los impuestos que se cobran en
el Ecuador, son los mismos que se cobran en la mayoría de los países del mundo y a través
de los mismos procedimientos.
2.2 Clases de impuestos
Según Tobar y Solano (2020), las clases de impuestos que se exigen en el Ecuador, entre
otros son:
- Impuesto a la Renta - IR.
- Impuesto al valor agregado - IVA.
- Impuesto a la salida de divisas - ISD.
- Impuesto a los consumos especiales - ICE.
- Impuesto a los vehículos motorizados - IVM.
- Impuesto ambiental a la contaminación vehicular - IACV.
- Impuesto a las botellas plásticas IBP.
- Impuesto a las tierras rurales -ITR.
- Impuesto a los activos en el exterior - IAE.
- Impuesto a herencias - IH.
- Patentes de conservación para concesión minera - PCCM.
- Regalías a la actividad minera - RAM.
- Contribución al financiamiento de la atención integral del cáncer CFAIC.
Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y
trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
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Impuestos que son aceptados, porque son los que se recaudan en todo el país, pese a que
se pueden cobrar impuestos temporales por situaciones de fuerza mayor y otros que se
aplican por una sola vez de acuerdo a las circunstancias que viva el país.
2.3 Impuesto a la renta
Según el Servicio de Rentas Internas SRI. (2022), el impuesto a la renta se aplica a todas
las rentas que obtengan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades
sean nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el país de conforme los resultados de
su actividad económica, aun cuando la totalidad de sus rentas estén constituidas por
ingresos exentos, el ejercicio impositivo es del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año,
según lo determina el Artículo 2 Ley Orgánica de gimen Tributario Interno - LORTI en
concordancia con el Artículo 1 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen
Tributario Interno - LRTI.
Para el cálculo del impuesto a la renta que debe pagar un contribuyente se debe
considerar, la totalidad de los ingresos gravados a los cuales se les restará las
devoluciones, descuentos, costos, gastos y deducciones, imputables a tales ingresos y a
este resultado se lo denomina base imponible.
2.4 Clases de impuesto a la renta
Según el Servicio de Rentas Internas SRI (2022), las clases de impuestos a la renta que
se cobran en el Ecuador son:
- Impuesto a la Renta para Sociedades, se aplicará sobre los ingresos gravables
obtenidos por las sociedades constituidas en el Ecuador, las sucursales de sociedades
extranjeras domiciliadas en el país y los establecimientos permanentes de sociedades
extranjeras no domiciliadas en el país, las mismas que pagarán una tarifa del 25% sobre
su base imponible.
- Impuesto a la Renta para Personas Naturales y de las Sucesiones Indivisas, se
aplicarán a la base imponible de las tarifas contenidas en las tablas de ingresos,
correspondientes a cada ejercicio fiscal, según las disposiciones legales vigentes.
- Impuesto a la Renta para herencias, legados y donaciones, hallazgos y todo tipo de acto
o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos,
pagarán el impuesto a la renta, aplicando a la base imponible de las tarifas contenidas
en las tablas de ingresos, correspondientes a cada ejercicio fiscal, según lo que
dispongan las normas legales vigentes.
Clases de impuesto a la renta que aceptamos, porque son los que las personas naturales o
jurídicas tributan anualmente en el Ecuador, para lo cual el SRI ejecuta los procedimientos y
mecanismos que garanticen el logro de ese objetivo.
2.5 Impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de dependencia
Según Peña (2022), el Impuestos a la renta a las remuneraciones en relación de
dependencia en el Ecuador, está establecido en el artículo 37 del RLRTI que categoriza a
los contribuyentes considerando los ingresos percibidos en un período fiscal y en personas
naturales obligados y no obligados a llevar contabilidad, pero en cualquiera de los casos se
tributa según los rangos establecidos y normados anualmente.
Para los contribuyentes que laboran en relación de dependencia, son los valores
percibidos como ingresos por concepto de remuneraciones y beneficios sociales. El
Impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de dependencia lo afirmamos,
porque es el impuesto que paga los empleados y trabajadores en el Ecuador.
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2.6 Procedimientos para el Cálculo del Impuesto a la Renta de las Remuneraciones en
Relación de Dependencia
Según el Servicio de Rentas Internas SRI (2021), el procedimiento para calcular el
impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de dependencia, es el siguiente:
a) Determinar el total de ingresos personales: Ingresos percibidos como se reporta en el
formulario de retención correspondiente.
b) Menos descuentos legales: (-) Ingresos exentos XIII y XIV sueldo, (-) Aportes a la
Seguridad Social y (-) Gastos Personales.
c) Igual a beneficio grabable: (=) Utilidad grabable.
d) Sobre la utilidad gravable: Ubicarse en los rangos de la Tabla de impuesto a la renta del
período fiscal; determinar, calcular y pagar los valores de Impuesto a la renta que se
indiquen, elaborando y firmando el formulario correspondiente, considerando la información
del formulario de retención, si corresponde realizar la declaración según las disposiciones
legales.
Procedimientos que afirmamos, porque es el mecanismo técnico que se utiliza para
calcular el pago del Impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de dependencia
de los empleados y trabajadores en el Ecuador, de acuerdo a lo normado por el SRI,
organismo encargado de la administración tributaria.
2.7 Remuneraciones
Según LEXIS (2012), el Código del trabajo ecuatoriano en su Art. 80 señala, que la
remuneración en el sector privado es el salario o sueldo que se paga por un trabajo y que
recibe un obrero o empleado.
El salario se paga por jornadas de labores y se llama jornal; así como por unidades
de obra o por tareas y el sueldo se paga por meses completos sin suprimir los as no
laborables.
Los sueldos y salarios están normados en Art. 81, que indica que éstos se acordarán
libremente, pero que no podrán ser inferiores a los mínimos legales, de conformidad con lo
prescrito en el artículo 117.
El salario básico forma parte de la remuneración y no incluye los ingresos que se
reciban en dinero, especie o en servicio por trabajos extraordinarios. El monto del salario
básico será determinado por el Consejo Nacional de Salarios - CONADES, o por el
Ministerio de Relaciones Laborales en caso de no existir acuerdo. Según LEXIS (2016), la
Ley Orgánica de Servicio público - LOSEP del Ecuador en su Art. 96 indica que la
remuneración en el sector público es la remuneración mensual unificada.
En las entidades, instituciones, organismos y personas jurídicas establecidas en el
Artículo 3 de esta Ley, se establece que la remuneración mensual unificada resulta de
dividir para doce la suma de todos los ingresos anuales que las dignatarias, dignatarios,
autoridad, funcionaria, funcionario, servidora y servidor a la que tenga derecho y que se
encuentren presupuestados.
Remuneraciones que compartimos, porque en el Ecuador tanto las organizaciones
privadas y públicas pagan sueldos, salarios y demás remuneraciones mensuales a sus
empleados y trabajadores autorizados por las leyes y supervisados por el Ministerio de
Trabajo y las Unidades de Talento Humano de cada una de éstas, por una jornada de ocho
horas diarias de labores a excepción de otros tipos de jornadas regladas de acuerdo a las
normas del Código de Trabajo y la Ley Orgánica de Servicio Público LOSEP vigentes.
2.8 Clases de remuneraciones
Según LEXIS (2012), en el sector privado ecuatoriano las clases de remuneraciones de
acuerdo al Art. 13 del Código de trabajo son:
- Contratos a sueldo y a jornal, es aquel en donde la remuneración se pacta en base a
cierta unidad de tiempo.
Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y
trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
Revista Científica Retos de la Ciencia. 7(14), pp. 1-18.
10
- Contrato en participación, es aquel en donde el trabajador tiene parte en las utilidades
de un negocio, como remuneración de su trabajo.
- Remuneración es mixta, es aquella que además del sueldo o salario fijo, el trabajador
participa de una parte del producto del negocio, como retribución por su trabajo.
Según LEXIS (2016), en el sector público ecuatoriano las clases de remuneraciones
de acuerdo a lo que dispone la LOSEP son:
- Remuneraciones unificadas para quienes conforman el nivel jerárquico superior según
el Art. 100, será la que conste en la escala que expedirá el Ministerio de Relaciones
Laborales (Ministerio de Trabajo), que representa el ingreso que percibirán la Presidenta
o Presidente de la República, la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República y las
demás autoridades y funcionarias o funcionarios que ocupen puestos comprendidos en
este nivel.
- Remuneraciones unificadas para quienes no son del nivel jerárquico superior según el
Art. 101, será misma que tendrá los grados que integran las escalas de remuneraciones
mensuales unificadas y los niveles estructurales de puestos, en los que se encuentran
ubicados las servidoras y servidores públicos, los que serán aprobados mediante
resolución expedida por el Ministerio de Relaciones Laborales (Ministerio de Trabajo),
previo informe favorable del Ministerio de Finanzas, según lo dispuesto en el literal c) del
Artículo 132 de esta Ley.
Clases de remuneraciones que compartimos, porque son las que están normadas en el
Código de trabajo para el sector privado y la LOSEP para el sector público.
3. Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 a las remuneraciones de los
empleados y trabajadores en relación de dependencia
3.1 Disposición legal del impuesto a la renta de 2022 a las remuneraciones en relación
de dependencia
Según El Universo )2021), el Reglamento de Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y
Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19, emitida en el Tercer Suplemento 587
del Registro Oficial del Lunes 29 de noviembre de 2021, firmado en la ciudad de Guayaquil
en esta misma fecha, las retenciones de Impuesto a la renta de las remuneraciones en
relación de dependencia para el 2022, las seguirán realizando las empresas de manera
mensual, para lo cual, los empleados y trabajadores deberán presentar una proyección de
gastos personales en enero y deberán realizar obligatoriamente el anexo de gastos que los
sustente.
Para determinar, calcular y pagar los valores de Impuesto a la renta que se indican, se
debe elaborar y firmar el formulario correspondiente, si según la ley debe declarar y pagar
impuestos considerando las retenciones realizadas, aplicado el tarifario contenido en la
tabla de impuesto a la renta de las personas naturales para el 2022. Ver Tabla 1.
Tabla 1. Cálculo de Impuesto a la renta de 2022 de personas naturales
Fracción básica
Exceso hasta
Impuesto sobre fracción
básica
Porcentaje de
excedente sobre
fracción básica
-
11.310,00
-
0%
11.310,01
14.410,00
-
5%
14.410,01
18.010,00
155,00
10%
18.010,01
21.630,00
515,00
12%
21.630,01
31.630,00
949,40
15%
31.630,01
41.630,00
2.449,40
20%
41.630,01
51.630,00
4.449,40
25%
51.630,01
61.630,00
6.949,40
30%
Pablo Vilela / Elizabeth Govea / Gabriela Vilela / Paulina Vilela
Fundación Internacional para la Educación, la Ciencia y la Tecnología -FIECYT-
11
61.630,01
100.000,00
9.949,40
35%
100.000,01
en adelante
23.378,90
37%
Disposición legal que confirmáramos, porque es el procedimiento legal que aplican las
empresas para retener el Impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de
dependencia de sus empleados y trabajadores en el 2022, el mismo que según el SRI
garantiza el pago de este impuesto que financia el Presupuesto General del Estado, para
atender las necesidades del país.
3.2 Disposición legal del impuesto a la renta de 2021 a las remuneraciones en relación
de dependencia
Según el Servicio de Rentas Internas - SRI. (2020), el Reglamento para la Aplicación de la
Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno - LORTI, emitido con Decreto Ejecutivo No 374
en el Registro Oficial Suplemento No 209 del 8 de junio de 2010, reformado el 4 de agosto
de 2020, en el artículo 34 literal e), en relación con la liquidación retención y pago del
Impuesto a la renta de 2021 y la Resolución NAC-DGERCG20-00000077 publicada en el
Segundo Suplemento del Registro Oficial No 359 del 29 de diciembre de 2020, que
actualizó los Rangos de las Tablas establecidas para liquidar, retener y pagar el Impuesto a
la Renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales
provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato
por el cual se adquiera el dominio, a título gratuito, de bienes y derechos, para el período
fiscal 2021.
Para que las empresas pudieran realizar la liquidación y retención mensual del
impuesto a la renta a las remuneraciones de los empleados y trabajadores, se deben sumar
todas las remuneraciones del empleado o trabajador, excepto la decimotercera y
decimocuarta remuneración. Sobre esta base imponible se aplicará el tarifario contenido en
la tabla de impuesto a la renta de las personas naturales. Ver Tabla 2.
Tabla 2. lculo de Impuesto a la renta de 2021 de personas naturales
Fracción Básica
Exceso hasta
Impuesto Fracción
Básica
Porcentaje de Impuesto
Fracción Excedente
0,00
11.212,00
0,00
0%
11.212,00
14.285,00
0,00
5%
14.285,00
17.854,00
154,00
10%
17.854,00
21.442,00
511,00
12%
21.442,00
42.874,00
941,00
15%
42.874,00
64.297,00
4.156,00
20%
64.297,00
85.729,00
8.440,00
25%
85.729,00
114.288,00
13.798,00
30%
114.288,00
En adelante
22.366,00
35%
Disposición legal que confirmamos, porque permitió conocer los procedimientos legales
utilizados por las empresas para retener el Impuesto a la renta de las remuneraciones en
relación de dependencia de sus empleados y trabajadores en el 2021.
3.3 Variación de las tablas de cálculos del impuesto a la renta a las remuneraciones
en relación de dependencia
A continuación, se presenta la variación comparativa de las tablas para calcular el Impuesto
a la renta de 2022 en relación con el 2021. Ver Tabla 3.
Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y
trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
Revista Científica Retos de la Ciencia. 7(14), pp. 1-18.
12
Tabla 3. Variación de las tablas para el cálculo de Impuesto a la renta de 2022 versus 2021
No.
Fracción Básica
Exceso hasta
Impuesto Fracción
Básica
% Impuesto
Fracción
Excedente
1
-
98,00
-
0%
2
98,01
125,00
-
0%
3
125,01
156,00
1,00
0%
4
156,01
188,00
4,00
0%
5
188,01
-11.244,00
8,40
0%
6
-11.243,99
-22.667,00
-1.706,60
0%
7
-22.666,99
-34.099,00
-3.990,60
0%
8
-34.098,99
-52.658,00
-6.848,60
0%
9
-52.657,99
100.000,00
-12.416,60
0%
10
100.000,01
-
23.378,90
37%
Como se puede observar en tabla antes descrita, para el período fiscal 2022:
a) Se incrementaron los montos de las Fracciones Básicas y de Excesos de la primera
hasta la quinta franja, a excepción de la Fracción Básica de la primera franja que es 0,00 y
del monto de Excesos de la quinta franja que disminuyó en $ -11.244,00, lo que incrementó
significativamente en valor del impuesto a la fracción básica de la tercera a la quinta franja
en una media de $ 4,47, aunque no varió el % Impuesto a la Fracción Excedente.
b) Se disminuyeron los montos de las Fracciones Básicas y Excesos de la sexta hasta la
novena franja, a excepción del monto de Excesos de la novena franja que se incrementó en
$ 100.000,00, lo que disminuyó significativamente el impuesto de la Fracción Básica en una
media de $ -6.240,60, aunque no varió el % Impuesto a la Fracción Excedente, y
c) Se creó la franja No 10 adicional a las nueve franjas que tenía la tabla para calcular los
impuestos de 2021 que tiene una Fracción Básica de $ 100.000,01 y de allí En adelante
para su Exceso, con la que se deben pagar impuestos por la Fracción Básica por $
23.378,90 y el % Impuesto a la Fracción Excedente por el 37%.
Variaciones que ratificamos, porque confirma la ampliación de la base tributaria para
el 2022, buscando que una mayor cantidad de personas naturales paguen impuestos, para
aumentar estas recaudaciones que permita reducir el déficit del presupuesto general del
estado para este año.
3.4 Impacto mensual del Impuesto a la renta de 2022 en las Remuneraciones en
relación de dependencia.
El impacto mensual del Impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los
empleados y trabajadores en relación de dependencia, se puede observar determinando los
montos mensuales del total de las remuneraciones de la Fracción Básica y Excedentes
gravadas según la tabla emitida para calcular anualmente el mismo. Ver tabla 4.
Tabla 4. Impacto mensual del Impuesto a la renta de 2022 en las Remuneraciones en relación de
dependencia
No.
Rango imponible
remuneraciones
fracción básica
Rango imponible
remuneraciones
fracción excedente
Impuesto anual
sobre fracción
básica
Porcentaje anual
fracción excedente
sobre fracción básica
1
-
942,50
-
0%
2
942,51
1.200,83
-
5%
3
1.200,84
1.500,83
155,00
10%
4
1.500,84
1.802,50
515,00
12%
Pablo Vilela / Elizabeth Govea / Gabriela Vilela / Paulina Vilela
Fundación Internacional para la Educación, la Ciencia y la Tecnología -FIECYT-
13
5
1.802,85
2.635,83
949,40
15%
6
2.635,84
3.469,16
2.449,40
20%
7
3.469,17
4.302,50
4.449,40
25%
8
4.302,51
5.135,83
6.949,40
30%
9
5.135,84
8.333,33
9.949,40
35%
10
8.333,34
En adelante
23.378,90
37%
Como se puede observar en la tabla para el período fiscal 2022:
a) Las remuneraciones mensuales totales del primer rango de $ 0,00 a $ 942,50, no pagan
impuestos
b) Las remuneraciones mensuales totales del segundo rango de $ 942,51 a $ 1.200,83, no
pagan impuesto sobre el Rango imponible de las remuneraciones de la fracción básica,
pero si paga el 5% sobre la fracción excedente.
c) Las remuneraciones mensuales totales del tercer al décimo rango que inicia con $
1.200,84 del Rango imponible de las remuneraciones de la fracción básica y termina con En
adelante del Rango imponible de las remuneraciones de la fracción excedente, pagan
impuesto sobre el Rango imponible de las remuneraciones de la fracción básica que oscilan
entre $ 155,00 y $ 23.378,90, y además pagan un porcentaje que oscilan entre el 10% y el
37% sobre la fracción excedente.
El impacto mensual del impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de
dependencia lo confirmamos, porque a simple vista permite comprender que se han
gravado con más impuesto a la renta a las remuneraciones mensuales de las clases media
baja y media de los empleados y trabajadores que oscilan entre $ 1.200,00 y $ 5.000,00,
porque los sueldos de la clase media alta y alta, se consideran a las remuneraciones
mensuales de $ 5.000,00 en adelante.
3.5 Ejemplos comparativos del pago del impuesto a la renta de 2022 y 2021 de las
Remuneraciones en relación de dependencia
Según el SEGCOM (2022) y los Consultores Corporativos (2021), se crearon calculadoras
en bases de datos para automatizar el cálculo del impuesto a renta de los años 2022 y
2021, con el fin de que los empleadores y los empleados o trabajadores en relación de
dependencia determinen el impuesto a pagar, para hacer las respectivas retenciones según
la ley y el pago anual que corresponde, con las que se computaron los mismos de algunas
remuneraciones como ejemplos, Ver Tabla 5.
Tabla 5. Ejemplos de cálculos de Impuesto a la renta de las Remuneraciones en
relación de dependencia de 2022 y 2021
2022 en dólares
2021 en dólares
Ingreso mensual estimado
1.000,00
Pago adicional mensual
0,00
Pago total mensual
0,00
Pago anual
0,00
Sueldo mensual 1.000,00
Total, de Ingresos 12.000,00
Total, de deducciones por gastos personales 14.575,60
Deducción IESS 9,45% 1.134,00
Total, de deducciones 15.709,60
Base imponible 0,00
Impuesto a la renta causado 0,00
Impuesto a la renta por pagar 0,00
Ingreso mensual estimado
2.000,00
Pago adicional mensual
15,86
Pago total mensual
28,86
Pago anual
Sueldo mensual 2.000,00
Total, de Ingresos 24.000,00
Total, de deducciones por gastos personales 14.575,60
Deducción IESS 9,45% 2.268,00
Total, de deducciones 16.843,60
Base imponible 7.156,40
Impuesto a la renta causado 0,00
Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y
trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
Revista Científica Retos de la Ciencia. 7(14), pp. 1-18.
14
346,32
Impuesto a la renta por pagar 0,00
Ingreso mensual estimado
3.000,00
Pago adicional mensual
83,23
Pago total mensual
153,43
Pago anual
1.841,16
Sueldo mensual 3.000,00
Total, de Ingresos 36.000,00
Total, de deducciones por gastos personales 14.575,60
Deducción IESS 9,45% 3.402,00
Total, de deducciones 17.977,60
Base imponible 18.022,40
Impuesto a la renta causado 531,21
Impuesto a la renta por pagar 531,21
Ingreso mensual estimado
4.000,00
Pago adicional mensual
137,38
Pago total mensual
334,58
Pago anual
4.014,96
Sueldo mensual 4.000,00
Total, de Ingresos 48.000,00
Total, de deducciones por gastos personales 14.575,60
Deducción IESS 9,45% 4.536,00
Total, de deducciones 19.111,60
Base imponible 28.888,40
Impuesto a la renta causado 2.057,96
Impuesto a la renta por pagar 2.057,96
Ingreso mensual estimado
5.000,00
Pago adicional mensual
204,36
Pago total mensual
543,36
Pago anual
6.520,32
Sueldo mensual 5.000,00
Total, de Ingresos 60.000,00
Total, de deducciones por gastos personales 14.575,60
Deducción IESS 9,45% 5.670,00
Total, de deducciones 20.245,60
Base imponible 39.754,40
Impuesto a la renta causado 3.687,86
Impuesto a la renta por pagar 3.687,86
Analizando los cálculos de los ejemplos anteriores del impuesto a la renta a pagar en el
2022 y los pagados en el 2021, se puede observar:
a) Con un sueldo mensual de $ 1.000,00 no se pagará ni se pagó impuesto alguno.
b) Con un sueldo mensual de $ 2.000,00 en el 2022 se pagará $ 346,32 y en el 2021 no se
pagó nada.
c) Con un sueldo mensual de $ 3.000,00 en el 2022 se pagará $ 1.841,16 y en el 2021 se
pagó $ 531,21.
d) Con un sueldo mensual de $ 4.000,00 en el 2022 se pagará $ 4.014,96 y el 2021 se pagó
$ 2.057,96.
e) Con un sueldo mensual de $ 5.000,00 en el 2022 se pagará $ 6.520,32 y en el 2021 se
pagó $ 3.687,86.
Los cálculos anteriores, ratifican una vez más que los pagos de impuestos a la renta
de las remuneraciones de los empleados y trabajadores del sector público y privado del país
en relación de dependencia en el 2022 pagarán mucho más impuesto que en el 2021 por la
Reforma Tributaria de diciembre de 2021 que el Ejecutivo presentó a la Asamblea Nacional
y que ésta por no existir una mayoría para aprobarla o negarla, se aprobó por el ministerio
de la ley, es decir, fue enviada al Registro Oficial para su publicación tal como se la concibió
y se la presentó a la Asamblea en su momento.
METODOLOGÍA
La metodología aplicada en esta labor se realizó con una serie de métodos y técnicas de
investigación científica, utilizadas sistemáticamente en todo el proceso del trabajo, para
lograr los resultados teóricos que permitieron comprender el problema, conocer sus causas
y sus consecuencias para determinar sus impactos como resultados reales del mismo; esta
metodología fue:
Los métodos científicos utilizados en el proceso de investigación del problema
propuesto, según Jurado (2005), fueron: Analítico y Sintético, utilizado para analizar y
sintetizar concretamente los elementos inmersos que tienen el impuesto a la renta sobre las
remuneraciones en relación de dependencia abordado en el problema de este trabajo.
Inductivo y Deductivo, utilizado para inducir y deducir los fundamentos de los impuestos a la
Pablo Vilela / Elizabeth Govea / Gabriela Vilela / Paulina Vilela
Fundación Internacional para la Educación, la Ciencia y la Tecnología -FIECYT-
15
renta sobre las remuneraciones en relación de dependencia, desde su generalidad hasta
sus particularidades y viceversa, permitiendo a partir de la bibliografía examinada conocer el
objeto de estudio y comprender su impacto del poder de compra de los sueldos y salarios
que reciben los empleados y trabajadores mensualmente. Histórico o Comparativo, utilizado
para conocer la historia, los fundamentos teóricos, así como los elementos y procesos de
aplicación del impuesto a la renta sobre las remuneraciones que grava el estado a la
sociedad.
Las técnicas de investigación bibliográfica documental que se utilizaron según
Rodríguez (2013), representaron el proceso sistemático de recolección, selección,
clasificación, evaluación y análisis de contenidos del material empírico impreso y gráfico,
físico y virtual que sirvió de fuente teórica de información conceptual y metodológica para
este trabajo; con lo que se conoció la realidad del problema, determinando las causas que
lo generaron y sus efectos como resultados del impacto del impuesto a la renta sobre las
remuneraciones en relación de dependencia de los empleados y trabajadores del período
analizado.
En este proceso, los materiales utilizados en la investigación para la recolección,
procesamiento y análisis de la información, primero fueron los datos teóricos y técnicos
consultados, que se realizó considerando el objetivo de la investigación, definiendo los tipos
de fuentes bibliográficas y los documentos requeridos; y segundo las fuentes bibliográficas y
documentales, que se definieron y se clasificaron de acuerdo a los criterios de selección
requeridos, que fueron: De pertinencia, que las fuentes consultadas estuvieran en
concordancia con el objetivo de la investigación, aportando conocimientos, enfoques,
teorías, conceptos y experiencias significativas para fundamentar la investigación. De
exhaustividad, que las fuentes consultadas fueran la mayor cantidad posibles, necesarias y
suficientes para fundamentar el trabajo, sin exclusiones y permitiendo su enumeración y
clasificación. De actualidad, que las fuentes consultadas fueran actuales para asegurar
información de último momento, con recientes hallazgos y antecedentes empíricos
pertinentes, referidos a sucesos del pasado reciente.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Los resultados de este trabajo se ajustan a los objetivos de la investigación, los mismos que
son:
1. Los procedimientos del cálculo del impuesto a la renta de las remuneraciones en relación
de dependencia del período económico del 2022, cambiaron sustancialmente en
comparación con el 2021, porque para este ejercicio se consideran todas las
remuneraciones incluyendo los décimos tercero y cuarto, mismos que no se consideraban
en el año anterior.
La discusión de esta realidad permitió comprender que se adoptó este procedimiento
para recaudar más impuestos por este concepto que se aplica en otros países, sin
considerar que el Ecuador es una economía pequeña y que las remuneraciones de la
mayoría de los empleados y trabajadores en relación de dependencia son bajas.
2. Las deducciones de este impuesto a las que tienen derecho los sujetos activos según la
ley, en el 2022 se restarán del impuesto a pagar al momento de la declaración y si los
valores retenidos son mayores que estas deducciones, la diferencia generará un crédito
tributario a favor del empleado o trabajador para futuras declaraciones, mientras que en el
2021 estas deducciones restaban la base imponible para calcular el impuesto a renta a ser
retenido y pagado.
La discusión confirmó el criterio fiscalista recaudador del procedimiento para el 2022,
porque permitirá al Estado cobrar por anticipado más impuesto a la renta de las
remuneraciones en relación de dependencia, generando créditos tributarios en los casos
donde se hayan retenido demás, mientras que en el año anterior no se cobró de esta
manera.
Impacto económico del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones de los empleados y
trabajadores ecuatorianos en relación de dependencia
Revista Científica Retos de la Ciencia. 7(14), pp. 1-18.
16
3. La variación comparativa de las tablas para el cálculo del impuesto a la renta de 2022 y
de 2021, confirman la ampliación de la base tributaria para este último año, para que una
mayor cantidad de personas naturales paguen impuestos y así tener una mayor
recaudación tributaria, incrementando los montos de las Fracciones Básicas y de Excesos
de todas las franjas tributarias según las tablas correspondientes.
La discusión generada comprobó que para el 2022, se incrementaron las bases
imponibles de las remuneraciones a ser gravadas con el impuesto, así como la creación de
una nueva franja que no existió en el 2021, destinada básicamente a incluir una mayor
cantidad de empleados y trabajadores para el pago de impuesto a la renta en relación de
dependencia.
4. El impacto mensual del impuesto a la renta de 2022 en las remuneraciones en relación
de dependencia, se observa en los montos mensuales de las remuneraciones de la
Fracción Básica y Excedentes gravadas con la tabla emitida, que impacta con más
impuesto a las remuneraciones de las clases media baja y media que ganan entre $
1.200,00 y $ 5.000,00, porque los sueldos de la clase media alta y alta, se consideran a las
remuneraciones de más de $ 5.000,00.
Discutiendo estos efectos, se confir que son negativos con respecto al poder
adquisitivo de las remuneraciones mensuales que reciben los empleados y trabajadores en
el país, porque reducen la misma limitando su poder de compra.
5. Los ejemplos de cálculos del impuesto a la renta de las remuneraciones en relación de
dependencia de 2022 y 2021, ratifica que los pagos de impuestos en este ejercicio serán
mucho más altos que los pagados anteriormente.
La discusión de los ejemplos del cálculo de impuesto a la renta, demostraron el fuerte
impacto económico que sufrirán los sueldos y salarios de los empleados y trabajadores en
relación de dependencia en sus remuneraciones, porque ahora tendrán menos dinero cada
mes para suplir sus necesidades.
CONCLUSIONES
Que los impuestos según su teoría son tan antiguos como la sociedad misma, porque en
todas las civilizaciones más desarrolladas de la antigüedad tuvieron cobro de impuestos a la
población que ejecutaba cualquier actividad económica, la que fue desarrollada por la
doctrina francesa a partir del 1930, en donde se definió al impuesto como la prestación
pecuniaria exigida por una autoridad sin contraprestación para financiar el gasto público.
Que las remuneraciones según su teoría son las recompensas que recibe a cambio
un individuo por la venta de la fuerza de su trabajo por una tarea que realice, como una
relación de intercambio entre las personas y sus patronos, lo que se ha concebido como las
remuneraciones en relación de dependencia entre los obreros, trabajadores y empleados y
sus respectivos patrones, empresas, entidades y organizaciones.
Que en el Ecuador los tributos son implementados por iniciativa del Presidente de la
República, previo a su aprobación en la Asamblea Nacional, mismo que los administra a
través de Servicio de Rentas Internas - SRI, entidad que cada año o cuando considera
pertinente, emite los reglamentos y procedimientos para sus cálculos.
Que la comparación de las tablas emitidas por el SRI para calcular el impuesto a la
renta de las remuneraciones en relación de dependencia para el período fiscal 2022 y 2021,
confirmaron la ampliación de la base tributaria en este último año, para que un mayor
número de personas paguen impuestos.
Que el impacto económico mensual del impuesto a la renta del 2022 en las
remuneraciones de los empleados y trabajadores en relación de dependencia, se
visualizaron en los montos de la tabla mensual de cálculos, en donde la Fracción Básica y
Excedentes se gravan con más impuesto a las de la clase media baja y media que ganan
sueldos o salarios entre $ 1.200,00 y $ 5.000,00 ya que los sueldos de aquí en adelante son
considerados de la clase media alta y alta.
Pablo Vilela / Elizabeth Govea / Gabriela Vilela / Paulina Vilela
Fundación Internacional para la Educación, la Ciencia y la Tecnología -FIECYT-
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